La Agencia Española de Protección de Datos multa con 3.000 euros al dueño del bar que difundió el vídeo de la caída de un concejal que se encontraba en el establecimiento.

El bar compartió las imágenes por WhatsApp, llegando a publicarse en las redes sociales e incluso en la página web de un periódico local.

Al parecer, las desavenencias existentes entre el concejal y el dueño del bar pudieron estar detrás de la difusión del vídeo de su caída.

La AEPD ha considerado acreditado que se realizó un tratamiento de los datos del afectado con ánimo de ofender y con el objetivo de menoscabar su reputación pública. En definitiva, éste suceso se ha ocasionado un daño y perjuicio al honor e imagen del reclamante, así como al de su familia.

La AEPD recuerda que la finalidad de un sistema de video-vigilancia es la seguridad de la propiedad privada y de los moradores frente a agresiones externas.

La difusión de imágenes que hayan tenido lugar en el interior de establecimientos y que nada tengan que ver con presuntas conductas delictivas, supone una infracción de las leyes de privacidad.

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