Jubilación Activa: Cambios importantes a partir del 1 de abril de 2025
El Real Decreto-ley 11/2024 introduce cambios significativos en la jubilación activa a partir del 1 de abril de 2025. Esta modalidad, que permite compatibilizar el cobro de la pensión con una actividad laboral, verá endurecidas sus condiciones, especialmente para los autónomos y los trabajadores que pretendan retrasar su retiro.
¿Qué cambios trae la jubilación activa en 2025?
Las nuevas condiciones para acceder a la jubilación activa 2025 afectan de forma diferente según el tipo de trabajador:
- Autónomos societarios
Hasta ahora podían cobrar el 100% de su pensión desde el primer día. Con la nueva normativa, este porcentaje dependerá del tiempo que se retrase la jubilación, alcanzando el 100% solo tras cinco años de demora.
- Autónomos persona física
También se endurecen los requisitos. Para poder compatibilizar el trabajo con el 75% de la pensión desde el inicio, el trabajador contratado deberá tener jornada completa y al menos 18 meses de antigüedad, o no haber estado vinculado previamente a la empresa en los últimos dos años.
- Trabajadores por cuenta ajena
La pensión compatible con el trabajo se reduce al 45% en el momento de acceder a la jubilación activa, aunque este porcentaje puede incrementarse si se retrasa más la edad de jubilación.
Compatibilidad con el complemento de demora
Una de las novedades positivas del Real Decreto es que, a partir de ahora, el complemento de demora será compatible con la jubilación activa, lo que puede hacer más atractiva la opción de seguir trabajando más allá de la edad ordinaria de jubilación.
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