Qué exige la Ley 1/2025 a la hostelería
La Ley 1/2025 no se limita a recomendar buenas prácticas: establece obligaciones concretas para los establecimientos de hostelería, con sanciones que pueden alcanzar los 500.000 euros en los casos más graves. Estas son las claves para entender qué exige exactamente la normativa y qué papel juega la formación del personal en su cumplimiento.
¿Es obligatoria la formación sobre desperdicio alimentario?
El 2 de abril de 2025 se ha publicado en el BOE la Ley 1/2025, de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario, que afecta directamente al sector de la hostelería. Aunque no impone una formación específica y obligatoria para todo el personal, sí establece responsabilidades claras que implican la necesidad de formar y sensibilizar a los equipos de trabajo.
¿Qué exige realmente la ley?
🔸 Medidas de prevención y reducción del desperdicio: Todos los establecimientos hosteleros deben aplicar acciones concretas para evitar el despilfarro.
🔸 Sensibilización del personal: La plantilla debe estar informada y formada en buenas prácticas que ayuden a reducir el desperdicio, como parte de su formación en higiene alimentaria.
🔸 Inspecciones: Las autoridades pueden verificar si el establecimiento cumple con sus obligaciones. Si no hay medidas efectivas implantadas, se pueden derivar responsabilidades.
Estos contenidos ya se están incluyendo en cursos disponibles dentro de la formación bonificada de López Colmenarejo, lo que permite cumplir con las exigencias legales sin coste adicional para las empresas.
Aunque por ahora no se exige un curso concreto, la ley empuja claramente hacia la formación del personal, y es probable que en futuras actualizaciones esto se formalice como obligatorio.
Infracciones y sanciones según la Ley 1/2025
Las sanciones pueden llegar a ser elevadas. Se clasifican en:
🟡 Infracciones leves (hasta 2.000 €):
- No respetar la jerarquía en la gestión del desperdicio.
- No colaborar en la cuantificación de residuos.
- Incluir cláusulas que impidan la donación de alimentos.
🟠 Infracciones graves (de 2.001 a 60.000 €):
- No contar con un plan de prevención (obligatorio en establecimientos de más de 1.300 m² o grupos que superen esa superficie).
- Destruir alimentos aptos para el consumo.
- Discriminar en el acceso a alimentos donados.
- Reincidir en faltas leves.
🔴 Infracciones muy graves (de 60.001 a 500.000 €):
- Reincidir en faltas graves.
- Obstaculizar de forma sistemática el cumplimiento de los objetivos de la ley.
Además de las sanciones económicas, la ley obliga a los restaurantes a ofrecer a los clientes la posibilidad de llevarse las sobras sin coste adicional, salvo el precio del envase si es de un solo uso.
¿Qué deben hacer los negocios hosteleros?
Es importante anticiparse. Muchas empresas están ofreciendo formación aprovechando este vacío legal, y es comprensible: aunque la ley no lo impone aún, existe una obligación indirecta de formar al personal en prevención del desperdicio.
Cursos recomendados para cumplir la Ley 1/2025
- Para gerentes o responsables:
Curso 4226 – Ley de Prevención de Pérdidas y Desperdicio Alimentario - Para el equipo de trabajo:
Curso 4300 – Desperdicio alimentario: exigencias a implantar
Lo hacemos por ti. En López Colmenarejo te asesoramos y gestionamos los cursos adecuados para cumplir con la ley y evitar problemas.
💡 Recuerda que puedes cumplir con los requisitos formativos de la Ley 1/2025 gracias a los cursos incluidos en la formación bonificada de López Colmenarejo.
