Madrid unifica al 25% la bonificación en Sucesiones y Donaciones (ISD) entre hermanos, tíos y sobrinos y se convierte así en la primera Comunidad Autónoma en bonificar el impuesto ISD en este grado.

Esta bonificación fue anunciada por la Presidenta da la Comunidad tras una visita a Portugal donde la política fiscal y tributaria sobre sucesiones del país luso es una de las más beneficiosas de Europa.

Esta medida unifica e incrementa al 25% el porcentaje de deducción en todos los parientes por consanguinidad de segundo y tercer grado, que tenían, respectivamente, un 15% y un 10%.

Madrid fue la primera región en introducir bonificaciones para estos grados de parentesco, en 2018. Desde la entrada en vigor de estas bonificaciones se ha incrementado el número de autoliquidaciones del impuesto un 178% para sucesiones y un 1.400% para donaciones. Ahora, se calcula que las bonificaciones actuales beneficiarán a cerca de 11.500 contribuyentes y generará un ahorro fiscal de 48,3 millones de euros.

Las Bonificaciones que existen actualmente para las herencias son las siguientes:

Desde el 01.01 del 2007 los herederos incluidos en el Grupo I y II,tienen derecho a una bonificación del 99 por 100 de la cuota del Impuesto sobre Sucesiones (significa que pagan solo el 1 por cien de lo que les corresponde del impuesto tributario).

Desde el 1 de enero del 2019 cuando los herederos sean hermanos, se aplicará una bonificación del 15 % de la cuota tributaria y cuando los herederos sean tíos o sobrinos por consanguineidad, se aplicará una bonificación del 10 % de la cuota tributaria.

Los grupos se dividen en:

Grupo I: Incluye descendientes (hijos, nietos…) y adoptados menores de veintiún años.

Grupo II: Incluye descendientes (hijos, nietos…) y adoptados de veintiuno o más años, cónyuge, ascendiente (padres, abuelos…) y adoptantes.

Grupo III:  parientes colaterales de segundo y tercer grado y los ascendientes y descendientes por afinidad: hermanos, tíos, sobrinos.

La bonificación ya se ha registrado en la Asamblea regional y se ha dado inicio a su tramitación parlamentaria que será por procedimiento de lectura única.

Está previsto esta bonificación entre en vigor a partir del 1 de enero de 2023.

Con la nueva bonificación, una persona que herede, por ejemplo, 400.000 euros de un hermano o tío fallecido, podrá llegar a ahorrarse hasta 24.000 euros sobre la cuota tributaria.

En oficinas López Colmenarejo, que operan hace más de 40 años, nuestro departamento de Herencias, queda a disposición para resolver cualquier duda al respecto.

Por MALENA ZINGONI FERNÁNDEZ

ABOGADA DEL DPTO. HERENCIAS LÓPEZ COLMENAREJO