El pasado 14 de octubre se publicó en el BOE el Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres, cuyo objeto es establecer medidas específicas para hacer efectivo el derecho a la igualdad de trato y a la no discriminación entre mujeres y hombres en materia retributiva, desarrollando los mecanismos para identificar y corregir la discriminación en este ámbito y luchar contra la misma, promoviendo las condiciones necesarias y removiendo los obstáculos existentes, de conformidad con lo establecido en los artículos 9.2 y 14 de la Constitución Española. El mencionado Real Decreto contiene una serie importante de medidas, entre las que destacan:
- El principio de transparencia retributiva, según el cual, las empresas y los convenios colectivos deberán integrar y aplicar el principio de transparencia retributiva entendido como aquel que, aplicado a los diferentes aspectos que determinan la retribución de las personas trabajadoras y sobre sus diferentes elementos, permite obtener información suficiente y significativa sobre el valor que se le atribuye a dicha retribución, y;
- La obligación de igual retribución por trabajo de igual valor, vinculante para todas las empresas, por el cual se deberá retribuir de igual manera a los trabajadores cuando la naturaleza de las funciones o tareas efectivamente encomendadas, las condiciones educativas, profesional o formación exigidas para su ejercicio, los factores estrictamente relacionados con su desempeño y las condiciones laborales sean similares, con el fin de poder identificar la existencia de brechas salariales injustificadas o discriminatorias.
De conformidad con lo anterior, todas las empresas deben tener un registro retributivo de toda su plantilla, incluido el personal directivo y los altos cargos convenientemente desglosadas por sexo, la media aritmética y la mediana de lo realmente percibido por cada uno de estos conceptos en cada grupo profesional, categoría profesional, nivel, puesto, entre otras, pudiendo provocar la información retributiva o la ausencia de la misma derivada de la aplicación de este real decreto, la interposición de acciones administrativas y judiciales, individuales y colectivas oportunas. Si necesitas ayuda para la elaboración de un Registro Retributivo ponte en contacto con nosotros y te ayudaremos.